• El cronograma para la declaración y pago del ISVA vigencia 2025 fue establecido y aprobado por la Asamblea Departamental en uso de sus facultades constitucionales por medio de la Ordenanza N° 39 de 2024. En el Departamento de Antioquia se decreta que a partir del 01 de Enero y hasta el 25 de Abril del 2025, usted podrá beneficiarse de un descuento del 10% sobre el pago del Impuesto vehicular para la vigencia 2025. Si usted es propietario de un vehículo 100% eléctrico, tendrá derecho a un descuento del 20% durante el mismo periodo, en caso de que sea propietario de un vehículo hibrido tendrá derecho a un descuento del 15% durante el mismo periodo.

  • Los contribuyentes que declaren y paguen el Impuesto correspondiente a la vigencia fiscal 2025, entre el 26 de abril y el 18 de julio de 2025, incluidas ambas fechas; no tendrán ningún descuento.

    El 18 de julio de 2025 será la fecha límite para la declaración y pago del impuesto sobre vehículos automotores del periodo gravable 2025.

Lo anterior acorde a la Ordenanza N°39 del 2024 y por medio de la cual se fija la fecha límite de declaración y pago del impuesto sobre vehículos automotores para la vigencia fiscal 2025 y se establecen descuentos por pronto pago.

Estimado contribuyente verifique que el pago del impuesto de su vehículo haya sido realizado dentro de los plazos establecidos y evite sanciones e intereses; así mismo, incómodos procesos de cobro en tu contra.

PARÁGRAFO

Los contribuyentes que declaren y paguen el Impuesto a partir del 19 de julio de 2025, incluida esta fecha, deben declarar y pagar sanción por extemporaneidad (sanción mínima de $249.000) e intereses de mora de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza 41 de 2020 o la norma que la adicione y/o modifique.


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